ÓRGANO COLEGIADO INSTITUCIONAL

Según el (R.O.M) – Artículo 32º.– Consejo Directivo. El gobierno de los Institutos se organiza bajo la figura del co gobierno, ejercido por un Consejo Directivo que preside el Director/a y que integran los representantes de docentes, estudiantes y egresados. Es el órgano responsable por el desarrollo del proyecto formativo institucional y de la orientación, asesoramiento y supervisión de su gestión, promueve la participación de los claustros que lo componen a través de sus representantes, quienes tienen además, la responsabilidad de ser el vehículo para la información y consulta del colectivo al que representan.

FUNCIONES:

Artículo 33º. Funciones del Consejo Directivo. Son funciones propias del Consejo Directivo, entre otras, las siguientes:

a) Elegir y designar al Director/a y al Coordinador del Departamento de Formación.
b) Designar a los Coordinadores de Formación Permanente y de Investigación y Extensión propuestos por el Director/a.
c) Designar a los Secretarios y a los integrantes del Área de Documentación y Recursos de Apoyo técnico-pedagógico y reglamentar sus funciones.
d) Nombrar docentes en carácter de interinos y suplentes, de conformidad con la normativa vigente y aprobar o modificar el régimen de asignación de cargas horarias de los docentes, de acuerdo a la Planta Orgánica Funcional.
e) Redactar, cumplir y hacer cumplir la normativa emanada del Reglamento Orgánico Marco, Reglamento de Elecciones, Reglamentos de Concursos, Reglamento de Prácticas, Reglamento Orgánico Institucional, y aplicar las demás normas que en consecuencia se dicten.
f) Considerar y aprobar el calendario académico institucional en el marco del Calendario Escolar, a propuesta del Director/a.
g) Convalidar la participación, cogestión u otras formas de vinculación del Instituto en eventos científicos y académicos a propuesta del Equipo Directivo y demás actores institucionales.
h) Asesorar al Equipo Directivo en todos los asuntos que se someten a su consulta y crear comisiones ad-hoc, para el asesoramiento y tratamiento de cuestiones específicas.
i) Llamar a elecciones periódicas para la renovación de Consejeros. j) Redactar, aprobar, cumplir y hacer cumplir el Proyecto Formativo Institucional.
k) Evaluar periódicamente los Proyectos de Coordinación de los diferentes Departamentos.
l) Dar curso a las licencias solicitadas por los docentes en las situaciones que correspondiere.
m) Intervenir en primera instancia ante situaciones de incumplimiento en las funciones docentes y elevar, ante la Junta de Disciplina del Consejo Provincial de Educación, las actuaciones que a los efectos correspondiere.

INTEGRACIÓN:

Artículo 34º.– Integración. El Consejo Directivo está integrado por cuatro (4) docentes, dos (2) estudiantes y dos (2) egresados. Cada integrante tendrá su correspondiente suplente, garantizando la representación de las diferentes carreras que se dicten en el IFDC. Deberán preverse suplentes para cada estamento participante. El cargo de consejero es electivo y temporal.
El Consejo Directivo es presidido por el Director/a, con voz y sin voto, excepto en caso de empate. En caso de ausencia de la Dirección, preside las sesiones la Coordinación de Formación. La elección de los Integrantes del Consejo Directivo está determinada en el Reglamento de Elecciones.
  • Directora:  Lic. Silvina GARCÍA SOLER
  • Secretaria: Prof. Claudia PRIETO
  • Docentes:  Prof. Claudia GOCEK–  Prof. María Elena CECI  –  Prof. Catherine DYE  –   Prof. Ingrid SANDER –
  • Estudiantes:   Shirley CORTESI – José ROSA – Natalia ALVAREZ
  • Egresados: