Según el R.O.M. en el Artículo 26º: Las Funciones de la Coordinación del Departamento de Formación. Tiene a su cargo, entre otras, las siguientes funciones:
a) Integrar el Equipo Directivo. b) Diseñar con el Equipo Directivo, el plan anual de formación permanente en función de los lineamientos propuestos por la DPESyF, el proyecto educativo institucional y la indagación
y el relevamiento de las necesidades existentes en la zona de influencia del IFDC respectivo. c) Coordinar, asesorar y supervisar los proyectos de formación permanente que se generen en el Instituto, articulando con las supervisiones de nivel o modalidad correspondientes. d) Intervenir en la programación y organización de las acciones de apoyo pedagógico a las escuelas y de acompañamiento en las primeras trayectorias profesionales. e) Analizar los proyectos anuales presentados para las distintas propuestas de formación permanente y elevarlos – mediante acto fundado – al Consejo Directivo para su aprobación. f) Elevar a la DPESyF proyectos, planillas e informes de las propuestas de formación permanente de su IFDC. g) Organizar las inscripciones, gestionar espacios materiales y todo lo necesario para la concreción de las propuestas de formación permanente. h) Entregar certificados a los docentes. i) Integrar el Consejo Consultivo Jurisdiccional de Coordinadores de Formación Permanente.