Esta opción, es sólo para estudiantes ingresantes que se inscribirán y postularán al beneficio de la Residencia Estudiantil, para ingresar en ciclo lectivo 2025. |
Esta opción, es sólo para estudiantes a quienes esta beca les fue otorgada en el ciclo lectivo anterior. |
REQUISITOS:
PASO Nº1: INGRESAR AL FORMULARIO ON LINE. (Deberás completar el formulario online desde el 01 al 30 de diciembre). PASO Nº2: En el mes de FEBRERO, cuando se te otorgue un turno para entregar la documentación de inscripción a la carrera, también deberás presentar la DOCUMENTACIÓN COMPLETA de inscripción a la Beca de Residencia – La documentación requerida tendrá valor de declaración jurada, se debe presentar fotocopiada, autenticada y será la siguiente:
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REQUISITOS: Son causales de no renovación del Beneficio, las siguientes:
PASO Nº1: COMPLETAR Y ENVIAR AL CORREO DE LA SECRETARÍA DE ESTUDIANTES LA DOCUMENTACIÓN QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN (Desde el 01 al 30 de diciembre).
sec.estudiantes@ifdcsao.edu.ar IMPORTANTE: A fines del mes de febrero o a inicios del mes de marzo de 2025 se realizará el análisis de la documentación requerida de acuerdo a los requisitos establecidos en la normativa vigente. En caso de resultar adjudicada/o con este beneficio se te notificará al correo electrónico y al número telefónico que consignaste en la solicitud. |
IMPORTANTE: A fines del mes de febrero o a inicios del mes de marzo de 2024 se realizará el análisis de la documentación requerida de acuerdo a los requisitos establecidos en la normativa vigente. En caso de resultar adjudicada/o con este beneficio se te notificará al correo electrónico y al número telefónico que consignaste en la solicitud. | |
REGLAMENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE LA RESIDENCIA ESTUDIANTIL:Resolución Nº 2841/08:Reglamento para el otorgamiento de las Becas de Residencias Universitarias y/o de Nivel Superior (destinada a estudiantes de los Institutos de Formación Docente Continua). Resolución Nº 20/16: Modificatoria del Anexo I de la Resolución Nº 2841/08 del Reglamento para el otorgamiento de las Becas de Residencias Universitarias y/o de Nivel Superior. |
Es indispensable contar con todo lo solicitado para efectuar el trámite, de lo contrario, la inscripción/renovación NO SERÁ VÁLIDA.
El/ la aspirante será notificado/a del orden de mérito antes de las actividades de inicio.
El Beneficio de Residencia caduca en el mes de diciembre de cada año y para su renovación el/la estudiante debe tener cursadas el cincuenta por ciento (50%) de las unidades curriculares del ciclo lectivo, de las cuales el cuarenta por ciento (40%) deben estar aprobadas (promocionadas o con final).
Frente a CUALQUIER INQUIETUD, no dudes en consultar en la secretaría al siguiente correo electrónico: